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Lo que Debes Saber sobre Pago del ISD con Bienes de la Herencia

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El pago del ISD con bienes de la herencia es una opción que muchos herederos consideran cuando deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Este tributo puede suponer una carga económica importante, especialmente si los herederos no disponen de suficiente liquidez para pagarlo.

En estos casos, la ley permite saldar parte o la totalidad del ISD utilizando bienes heredados, aunque existen condiciones y limitaciones que deben cumplirse.

A lo largo de este artículo, exploraremos:

  • Cómo funciona esta alternativa y cuándo es viable
  • Las ventajas y desventajas de pagar el ISD con bienes heredados
  • Los trámites y requisitos que debes conocer
  • Respuestas a las dudas más frecuentes sobre este procedimiento

Si estás en proceso de heredar y te preocupa el pago del ISD, sigue leyendo para descubrir si esta opción es la más adecuada para ti.

¿Se puede pagar el ISD con bienes heredados?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo que los herederos deben abonar tras recibir una herencia. 

Una de las preguntas más frecuentes es si es posible pagar este impuesto utilizando bienes heredados en lugar de dinero en efectivo.

La respuesta es sí, aunque no siempre es un proceso sencillo. 

En España, la normativa permite liquidar el ISD con bienes de la herencia bajo ciertas condiciones, dependiendo de la comunidad autónoma y de la aceptación por parte de la Administración Tributaria.

A continuación, te explicamos en detalle cómo funciona el ISD, quién está obligado a pagarlo y qué opciones existen para su pago.

Entendiendo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

¿Qué es el ISD y cómo funciona?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos cuando una persona fallece y deja una herencia.

Su cálculo depende de varios factores, como el valor de los bienes heredados, el grado de parentesco con el fallecido y la comunidad autónoma donde se tribute

Esto se debe a que el ISD está regulado por el Estado, pero gestionado por las autonomías, lo que genera diferencias significativas en la carga fiscal entre regiones.

¿Cuándo y quién debe pagarlo?

El ISD debe pagarse en un plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante, aunque es posible solicitar una prórroga de seis meses adicionales si se hace dentro de los cinco primeros meses.

Los herederos y legatarios son los responsables de su pago, y cada uno debe liquidar el impuesto en función de la parte de la herencia que reciba. Si existen varios herederos, cada uno tributa por su porcentaje correspondiente.

Opciones para el pago del ISD

Pago en efectivo y financiación

La forma más habitual de liquidar el ISD es mediante dinero en efectivo, utilizando fondos propios o solicitando financiación.

Existen entidades bancarias que ofrecen préstamos específicos para el pago de impuestos sucesorios, lo que permite afrontar la deuda sin necesidad de vender parte de la herencia de manera precipitada.

Otra opción es solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago ante la Administración Tributaria, aunque este proceso requiere garantías y puede generar intereses.

Pago mediante bienes de la herencia: ¿Es posible?

Sí, pero depende de la valoración y aceptación por parte de Hacienda. Para que la Agencia Tributaria acepte bienes en pago del ISD, deben cumplirse ciertas condiciones:

  • Deben ser bienes inmuebles o activos aceptados por la Administración.
  • Se requiere una tasación oficial para determinar su valor real.
  • Hacienda debe aceptar la propuesta, lo que puede implicar un proceso administrativo largo.

Esta opción puede ser útil en casos donde los herederos no disponen de liquidez suficiente y prefieren evitar la venta de los bienes heredados

Sin embargo, es fundamental analizar su viabilidad con un abogado especializado.

En Hereditas, podemos ayudarte a estudiar esta alternativa y gestionar todo el proceso para que tomes la mejor decisión en función de tu caso particular.

6 Ventajas de pagar el ISD con bienes heredados

Optar por el pago del ISD con bienes heredados puede ser una solución útil para los herederos que no disponen de liquidez suficiente. 

A continuación, te explicamos sus principales ventajas:

1. Facilita el cumplimiento tributario

Permite a los herederos saldar la deuda fiscal sin necesidad de buscar financiación o vender parte de la herencia de manera precipitada.

2. Evita la necesidad de vender propiedades rápidamente

En muchas ocasiones, la venta de un inmueble heredado para pagar impuestos puede ser complicada y llevar tiempo. Utilizar directamente los bienes para el pago evita esta presión.

3. Puede reducir el impacto financiero en los herederos

Si la herencia incluye bienes de alto valor pero escasos recursos líquidos, pagar con bienes evita que los herederos tengan que recurrir a préstamos o descapitalizarse.

4. Permite conservar liquidez en la familia

Esta opción ayuda a que los herederos no pierdan capacidad económica inmediata, manteniendo su estabilidad financiera mientras organizan la gestión del patrimonio heredado.

5. Posibilita la gestión estratégica del patrimonio

Al no verse obligados a vender a toda prisa, los herederos pueden planificar mejor el uso y distribución del patrimonio, asegurando decisiones más favorables a largo plazo.

6. Opción viable en casos de bienes indivisibles

Si la herencia incluye bienes difíciles de dividir o vender, como terrenos rústicos o inmuebles históricos, destinarlos al pago del impuesto puede ser una alternativa conveniente.

Principales desventajas y riesgos

Aunque pagar el ISD con bienes heredados tiene ventajas, también conlleva ciertas dificultades y riesgos que es importante valorar.

1. Trámites administrativos y burocracia

Complejidad en la valoración de los bienes: No todos los bienes pueden utilizarse para el pago del impuesto. Es necesario realizar una tasación oficial y que Hacienda acepte su valor.

Procesos prolongados ante Hacienda: La Administración debe evaluar la viabilidad de la operación, lo que puede retrasar la liquidación del impuesto y generar incertidumbre.

2. Posibles costos adicionales

Gastos de peritajes y tasaciones: La valoración de los bienes debe realizarse por un profesional, lo que puede suponer un coste extra para los herederos.

Carga fiscal adicional: Dependiendo del bien utilizado para el pago, puede haber impuestos adicionales, como la plusvalía municipal en el caso de los inmuebles.

3. Restricciones legales y fiscales

Normativas específicas según la comunidad autónoma: No todas las comunidades permiten el pago con bienes en las mismas condiciones. Es fundamental conocer la normativa aplicable en cada caso.

Límites en el tipo de bienes aceptados: Hacienda no acepta cualquier bien como forma de pago. Normalmente, solo admite inmuebles y otros activos con valor claro y estable en el mercado.

Opiniones de expertos y casos reales

A la hora de decidir si es conveniente el pago del ISD con bienes de la herencia, contar con la opinión de expertos y conocer experiencias reales puede marcar la diferencia.

Testimonios de herederos que optaron por esta modalidad

Muchos herederos han encontrado en esta opción una solución viable para afrontar el impuesto sin necesidad de vender apresuradamente.

Por ejemplo, desde el despacho, hemos asesorado a familias que carecían de liquidez suficiente y lograron evitar la venta forzosa de inmuebles utilizando parte del patrimonio heredado para pagar el ISD.

Sin embargo, también hemos visto casos en los que el proceso burocrático y los costos adicionales hicieron que esta alternativa no fuera la más conveniente.

Recomendaciones de abogados y asesores fiscales

Desde Hereditas, siempre recomendamos analizar cada caso de forma individual y valorar los beneficios y riesgos antes de tomar una decisión.

Nuestros expertos aconsejan:

  • Consultar con un gestor especializado en herencias antes de iniciar el trámite.
  • Realizar una tasación profesional de los bienes para evitar problemas con la Administración.
  • Evaluar el impacto fiscal adicional que puede generar el uso de bienes en lugar de efectivo.

Si bien esta opción puede ser útil en muchos casos, es fundamental contar con asesoramiento profesional para evitar contratiempos legales o financieros.

Alternativas para facilitar el pago del ISD

En algunos casos, es posible que el pago del ISD con bienes heredados no sea la mejor opción. Existen alternativas que pueden ayudar a afrontar este impuesto sin perder patrimonio de forma inmediata.

1. Solicitud de aplazamientos y fraccionamientos

Hacienda permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago del ISD, lo que puede ser una solución viable cuando se necesita tiempo para reunir los fondos.

  • El aplazamiento puede solicitarse por un máximo de 12 meses sin garantías o hasta 5 años con aval.
  • En algunos casos, este mecanismo permite pagar a plazos sin necesidad de vender activos de la herencia.

2. Venta parcial de la herencia antes del pago

Otra opción es vender una parte de la herencia para obtener liquidez y pagar el ISD sin afectar el resto del patrimonio.

  • Se puede vender un inmueble, acciones, obras de arte u otros bienes que formen parte de la herencia.
  • Esta alternativa permite mantener el resto del patrimonio sin recurrir a préstamos o trámites complejos con Hacienda.

3. Estrategias de planificación patrimonial

Una correcta planificación patrimonial puede reducir la carga fiscal y facilitar el pago del ISD en el futuro.

Algunas estrategias incluyen:

  • Donaciones en vida para distribuir bienes antes del fallecimiento y reducir el impuesto.
  • Seguros de vida diseñados para cubrir el pago del ISD sin afectar el patrimonio heredado.
  • Pactos sucesorios, disponibles en algunas comunidades autónomas, que permiten planificar la herencia de forma más eficiente.

Desde Hereditas, te ayudamos a identificar la mejor estrategia para minimizar el impacto fiscal y garantizar que el pago del ISD no suponga una carga excesiva para tu familia.

¿Cuándo conviene pagar el ISD con bienes de la herencia?

Optar por esta modalidad puede ser recomendable en situaciones concretas:

  • Cuando los herederos no disponen de liquidez suficiente y prefieren no endeudarse.
  • Si la herencia incluye bienes de difícil venta, como terrenos o propiedades con cargas legales.
  • En casos donde se prefiere preservar la liquidez familiar y evitar la descapitalización inmediata.

Sin embargo, si el proceso con Hacienda es largo o genera costos adicionales, puede ser mejor explorar otras alternativas.

En Hereditas, analizamos tu situación y te ofrecemos la mejor solución para gestionar el pago del ISD de forma eficiente y sin riesgos innecesarios.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de bienes pueden utilizarse para pagar el ISD?

En general, Hacienda acepta bienes inmuebles, como viviendas, locales comerciales o terrenos.

También pueden utilizarse obras de arte o bienes con valor patrimonial, aunque su aceptación depende de la comunidad autónoma y la normativa vigente.

No se pueden usar bienes de difícil liquidación o cuya tasación no sea clara, como joyas o vehículos.

¿Hacienda puede rechazar el pago con bienes heredados?

Sí. La Administración no está obligada a aceptar los bienes ofrecidos para el pago del impuesto.

Para que Hacienda los acepte, es necesario que:

  • Sean bienes fácilmente valorables y en condiciones de uso.
  • No generen costes adicionales de mantenimiento o gestión para la Administración.
  • Su valor cubra la deuda tributaria, sin generar sobrantes difíciles de compensar.

¿Cuánto tarda el proceso de aceptación de bienes para el ISD?

El trámite puede tardar varios meses o incluso más de un año, dependiendo de la complejidad del proceso y de la carga administrativa de la Agencia Tributaria.

Primero, se debe presentar una solicitud formal, junto con la tasación del bien y los documentos que justifiquen su uso para el pago del ISD.

Después, Hacienda evalúa la propuesta y emite una resolución aceptando o rechazando el pago en especie.

En este artículo encontrarás más información en relación al tiempo y las herencias.

¿Hay beneficios fiscales si se paga el ISD con bienes heredados?

No existen reducciones específicas por pagar el ISD con bienes heredados. Sin embargo, dependiendo del caso, esta opción puede ayudar a evitar costes adicionales, como intereses por aplazamientos o la depreciación de los bienes en el mercado.

En algunos casos, si los bienes tienen un valor fiscal menor al de mercado, puede resultar una estrategia eficiente para liquidar la deuda sin necesidad de vender.

¿Es mejor vender parte de la herencia antes de pagar el ISD?

Depende de la situación de los herederos. Si la venta es rápida y a buen precio, puede ser una opción más sencilla que esperar la aprobación de Hacienda.

Sin embargo, si vender implica una pérdida patrimonial importante, puede ser más conveniente explorar el pago en especie o el aplazamiento del impuesto.

En Hereditas, analizamos cada caso para ayudarte a tomar la mejor decisión y evitar problemas en la gestión de la herencia.

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