El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava la transmisión de bienes y derechos entre personas, ya sea por herencia o por donación en vida. Su aplicación varía según la comunidad autónoma, lo que puede suponer diferencias importantes en la carga fiscal.
Entender su funcionamiento es clave para evitar sorpresas y optimizar su pago. Existen reducciones y bonificaciones que pueden minimizar el impacto económico, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
En este artículo, explicamos cómo se calcula este impuesto y qué estrategias pueden ayudarte a reducir su coste.
Además, veremos los errores más comunes al declararlo y cómo un buen asesoramiento puede marcar la diferencia.
¿Qué es el impuesto sobre sucesiones y donaciones?
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo que se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos, ya sea por herencia o por donación.
Su objetivo es gravar el incremento patrimonial de quien recibe estos bienes.
Este impuesto varía según la comunidad autónoma, lo que puede generar diferencias significativas en su coste. Además, existen bonificaciones y reducciones que pueden disminuir la cantidad a pagar, dependiendo de la relación entre donante y receptor.
A continuación, explicamos cómo funciona este impuesto en España, cómo se calcula y qué factores influyen en su cuantía.
Funcionamiento del impuesto en España
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es de competencia estatal, pero su gestión está cedida a las comunidades autónomas. Esto significa que cada región puede establecer sus propias tarifas, reducciones y bonificaciones.
Su cálculo depende de varios factores, como el valor de los bienes recibidos, la relación de parentesco y el patrimonio preexistente del beneficiario.
En algunos casos, la tributación puede ser elevada, mientras que en otros puede reducirse considerablemente.
Base imponible y cuota tributaria
La base imponible es el valor total de los bienes y derechos recibidos, tras descontar las deudas y cargas que puedan afectarlos.
Sobre esta base, se aplican reducciones en función del grado de parentesco y la situación personal del heredero o donatario.
Una vez obtenida la base liquidable, se aplica un tipo impositivo progresivo, que varía según el importe heredado o donado.
Finalmente, la cuota tributaria puede incrementarse o reducirse en función de los coeficientes multiplicadores y bonificaciones autonómicas.
Recaudación del impuesto sobre sucesiones y donaciones en 2025
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones experimentará una caída del 0,6% en su recaudación en 2025, convirtiéndose en el único de los grandes impuestos autonómicos que disminuirá este año.
Esta bajada responde a la falta de cambios normativos en muchas comunidades y a las modificaciones introducidas en 2024, que redujeron la carga fiscal en varios territorios.
Variaciones en la recaudación por comunidades autónomas
El impacto del impuesto será muy desigual en función de la comunidad autónoma:
- En 6 comunidades (Aragón, Baleares, Castilla y León, Cataluña, Región de Murcia y Comunidad Valenciana) la recaudación se mantendrá estable, ya que no han aprobado presupuestos nuevos.
- En 5 comunidades (Andalucía, Asturias, Galicia, Navarra y La Rioja) la recaudación aumentará, con Andalucía liderando el incremento con un 5,4% más respecto al año anterior.
- En 4 comunidades (Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha y Extremadura) se espera una caída en la recaudación. Destaca Canarias, donde los ingresos por este impuesto caerán un 39,5%, debido a los cambios fiscales aprobados en 2023.
- En la Comunidad de Madrid, el gobierno prevé que los ingresos por este impuesto se mantendrán iguales a los de 2024.
Causas del descenso en la recaudación
Los principales factores que explican la reducción en los ingresos del impuesto en 2025 son:
- Falta de reformas en muchas comunidades: La ausencia de presupuestos nuevos ha impedido cambios en la normativa fiscal de varias regiones.
- Modificaciones previas en 2024: Algunas comunidades redujeron la carga fiscal en ejercicios anteriores, lo que impacta en la recaudación actual.
- Bonificaciones autonómicas: En comunidades como Madrid, Andalucía y Castilla y León, las bonificaciones del 99% han reducido significativamente los ingresos.
- Menos herencias y donaciones declaradas: Factores demográficos y económicos pueden haber reducido el número de transmisiones patrimoniales sujetas a tributación.
A pesar de este ligero descenso global, las diferencias entre comunidades siguen siendo notables, lo que hace fundamental conocer las normativas específicas de cada región para optimizar el pago de este impuesto.
En Hereditas, te ayudamos a comprender cómo estas variaciones pueden afectarte y qué estrategias puedes aplicar para minimizar su impacto fiscal.
Normativas autonómicas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en 2025
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones varía significativamente entre comunidades autónomas, ya que cada región aplica sus propios tipos impositivos, reducciones y bonificaciones.
En 2025, se mantienen grandes diferencias en la tributación, lo que hace fundamental conocer la normativa específica de cada territorio.
Diferencias en los tipos impositivos
Los tipos impositivos varían en función del importe heredado o donado, siguiendo una escala progresiva.
Algunas comunidades aplican las tarifas estatales, mientras que otras han modificado los tramos y porcentajes.
Ejemplo de tipos impositivos en distintas comunidades:
- Madrid y Andalucía: Hasta 50.000 € tributan al 7%, mientras que importes superiores a 800.000 € alcanzan el 32%.
- Cataluña: Aplica un 7% hasta 50.000 €, aumentando hasta 32% en importes mayores a 800.000 € en sucesiones y hasta un 9% en donaciones superiores a 600.000 €.
- Canarias y Castilla y León: Siguen la tarifa estatal, con tipos desde 7,65% hasta 34% para bases imponibles superiores a 797.555 €.
Bonificaciones y reducciones según la comunidad autónoma
Algunas regiones han establecido bonificaciones y reducciones significativas, lo que provoca grandes diferencias en la carga fiscal entre comunidades.
- Madrid, Andalucía, Murcia y Castilla y León: Aplican bonificaciones del 99% en herencias y donaciones para los grupos I y II (descendientes, cónyuges y ascendientes).
- Galicia y Comunidad Valenciana: Reducción de 1.000.000 € en herencias para descendientes y cónyuges.
- Cataluña y Asturias: Reducciones de hasta 300.000 € en la base imponible para grupos I y II.
- Canarias y Baleares: Bonificaciones de 99% en herencias y 95%-99% en donaciones, dependiendo del grado de parentesco.
Ejemplo práctico: Tributación de una herencia de 500.000 €
Imaginemos que un hijo hereda 500.000 € en diferentes comunidades:
- Madrid o Andalucía
- Base imponible: 500.000 €
- Bonificación: 99% sobre la cuota tributaria
- Pago final: 500 € aprox.
- Cataluña
- Base imponible: 500.000 €
- Reducción de 100.000 € para descendientes
- Base liquidable: 400.000 €
- Tipo impositivo progresivo
- Pago final: 40.000 € aprox.
- Asturias
- Base imponible: 500.000 €
- Reducción de 300.000 €
- Base liquidable: 200.000 €
- Pago final: 20.000 € aprox.
Cambios legislativos recientes en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en 2025
En 2025, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ha experimentado algunas modificaciones legislativas a nivel estatal y autonómico.
Aunque muchas comunidades no han aprobado nuevos presupuestos, algunas han introducido ajustes que pueden influir en la recaudación y en el importe a pagar por los contribuyentes.
Cambios en la normativa estatal
El Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas ha introducido dos cambios clave que afectan al impuesto en todo el territorio español:
- Ampliación de las deducciones autonómicas a convivientes estables
- Hasta ahora, las reducciones por herencia y donación se aplicaban solo a familiares directos.
A partir de 2025, también se podrán beneficiar de ellas aquellas personas que, sin tener relación de parentesco, hayan convivido en el mismo domicilio con el causante durante al menos 15 años antes del devengo del impuesto. - En los casos en que la convivencia se haya interrumpido por traslado a una residencia asistida, se exigirá un mínimo de 10 años de convivencia estable.
- Hasta ahora, las reducciones por herencia y donación se aplicaban solo a familiares directos.
- Reconocimiento de las parejas de hecho inscritas en registros autonómicos
- Se establece la asimilación de los miembros de parejas de hecho a los cónyuges, permitiéndoles acceder a las mismas bonificaciones fiscales.
- Esta medida, que hasta ahora solo era aplicable en algunas comunidades, se extiende a todas aquellas inscritas en registros autonómicos o equivalentes en otras administraciones públicas, incluso fuera de España.
- Se establece la asimilación de los miembros de parejas de hecho a los cónyuges, permitiéndoles acceder a las mismas bonificaciones fiscales.
Reformas fiscales autonómicas en 2025
Aunque muchas comunidades no han aprobado cambios significativos para este año, algunas sí han modificado su normativa:
- Asturias ha ampliado la reducción por adquisición de empresas y negocios familiares hasta parientes colaterales de cuarto grado.
- Cantabria ha reducido el período mínimo de mantenimiento de la vivienda habitual heredada de 10 a 5 años para beneficiarse de la reducción fiscal.
- Galicia ha aumentado la reducción en herencias para los familiares del Grupo III (colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad), elevando el límite de 8.000 € a 25.000 €.
- Extremadura ha creado un Registro Autonómico de Personas con Especial Vinculación para facilitar la aplicación de reducciones fiscales en donaciones y herencias.
Reducción y bonificaciones disponibles
Existen distintas reducciones y bonificaciones que permiten minimizar el impacto del impuesto. Algunas de las más comunes incluyen:
- Reducción por parentesco, con mayores beneficios para descendientes y cónyuges.
- Bonificaciones autonómicas, que varían según la comunidad y pueden alcanzar el 99%.
- Reducción por vivienda habitual, que permite pagar menos impuestos si el heredero mantiene la vivienda durante un periodo determinado.
En Hereditas te ayudamos a entender cómo aplicar estas reducciones y a gestionar tu herencia o donación de la forma más beneficiosa.
Quiénes están obligados a pagarlo
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones debe ser abonado por quienes reciben bienes o derechos a través de una herencia o donación.
La cuantía a pagar dependerá de la relación con el donante o fallecido, el valor de lo recibido y la comunidad autónoma en la que se tribute.
Existen diferencias importantes entre herederos, legatarios, donatarios y beneficiarios de seguros de vida. A continuación, explicamos quiénes deben pagarlo y qué aspectos tener en cuenta.
Herederos y legatarios
Los herederos y legatarios son los principales sujetos pasivos de este impuesto.
Mientras que los herederos reciben la totalidad o un porcentaje del patrimonio del fallecido, los legatarios solo adquieren bienes específicos.
Ambos deben liquidar el impuesto dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga o fraccionar el pago para reducir su impacto financiero.
Donatarios y beneficiarios
En el caso de donaciones en vida, quien recibe los bienes (donatario) es quien debe pagar el impuesto. La tributación suele ser más elevada que en las herencias, ya que las bonificaciones son menores en muchas comunidades autónomas.
Por otro lado, los beneficiarios de seguros de vida también están sujetos al impuesto, ya que el capital recibido se considera un incremento patrimonial.
Sin embargo, existen reducciones específicas si el beneficiario es cónyuge o descendiente.
5 Claves para reducir la carga fiscal del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Aunque este impuesto puede suponer una carga económica considerable, existen estrategias para minimizar su impacto. Aplicar correctamente las reducciones y planificar con antelación puede marcar la diferencia.
Planificación fiscal anticipada
Una buena planificación permite optimizar el reparto del patrimonio y aprovechar al máximo las bonificaciones disponibles.
Existen opciones como fraccionar las donaciones o realizar testamentos que reduzcan la tributación de los herederos.
Uso de reducciones y bonificaciones autonómicas
Cada comunidad autónoma establece sus propias reducciones y bonificaciones, algunas de las cuales pueden alcanzar hasta el 99%. Es fundamental conocer la normativa vigente en la región donde se tribute para no pagar de más.
Donaciones en vida: Ventajas e inconvenientes
Las donaciones en vida pueden ayudar a reducir la carga fiscal de una herencia, pero no siempre son la mejor opción.
Aunque permiten aprovechar bonificaciones, su tributación puede ser mayor en comparación con una sucesión hereditaria.
Contratos de seguro de vida
Los seguros de vida son una herramienta útil para aliviar el impacto del impuesto, ya que permiten a los beneficiarios recibir un capital que puede destinarse a su pago. Además, cuentan con reducciones fiscales en determinados casos.
Asesoramiento especializado: La clave para ahorrar
Contar con expertos en fiscalidad y herencias es esencial para optimizar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En Hereditas, analizamos cada caso y te ayudamos a aplicar las estrategias más beneficiosas según tu situación y comunidad autónoma.
3 Riesgos y errores comunes al declarar el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Declarar correctamente el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es fundamental para evitar sanciones y sobrecostes innecesarios.
Sin embargo, es habitual cometer errores que pueden incrementar la carga fiscal o derivar en problemas legales.
Desde no incluir todos los bienes en la declaración hasta desaprovechar bonificaciones autonómicas, existen varios factores que pueden influir en el importe final a pagar. A continuación, explicamos los errores más comunes y cómo evitarlos.
1. Omisión de bienes en la declaración
Uno de los fallos más frecuentes es no declarar todos los bienes y derechos heredados. Esto puede suceder por desconocimiento o por creer que ciertos activos están exentos.
No incluir bienes en la declaración puede suponer sanciones y recargos, además de generar problemas si la Agencia Tributaria detecta discrepancias con otros registros oficiales.
2. No considerar las bonificaciones autonómicas
Cada comunidad autónoma aplica sus propias reducciones y bonificaciones, lo que puede reducir considerablemente el impuesto.
Sin embargo, muchas personas desconocen estas ventajas y terminan pagando más de lo necesario.
Es fundamental revisar la normativa autonómica y aplicar correctamente las reducciones disponibles, especialmente en casos de herencias entre familiares directos.
3. Retrasos en el pago y sanciones
El plazo para liquidar el impuesto es de seis meses desde el fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga de otros seis meses.
No cumplir con este plazo implica recargos e intereses de demora, que pueden aumentar considerablemente la cantidad a pagar.
Además, un impago prolongado puede derivar en sanciones económicas e incluso en embargos sobre los bienes heredados.
Opiniones de expertos: ¿Cuál es el futuro del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en España?
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ha sido objeto de debate en los últimos años y su futuro dependerá de factores políticos, económicos y fiscales.
Aunque en 2025 no se han producido grandes reformas a nivel estatal, hay indicios de posibles cambios en los próximos años.
3 Posibles cambios legislativos
El sistema actual presenta grandes diferencias entre comunidades autónomas, lo que ha generado un debate sobre su armonización. Algunas propuestas en estudio incluyen:
- Unificación de las bonificaciones y reducciones para evitar desigualdades entre regiones.
- Aumento de las exenciones fiscales para ciertos grupos, como parejas de hecho o herederos en línea colateral.
- Reformas en los tipos impositivos para hacerlos más progresivos y reducir el impacto en los patrimonios medios.
A nivel político, el debate sigue abierto entre quienes defienden la supresión del impuesto y quienes abogan por su mantenimiento con ajustes.
Impacto en la movilidad patrimonial y la economía familiar
Las diferencias en la tributación han impulsado un fenómeno de deslocalización fiscal, con contribuyentes trasladando su residencia a comunidades con menor carga tributaria. Esta situación genera:
- Pérdida de ingresos fiscales en regiones con mayor presión fiscal.
- Beneficio para las comunidades con bonificaciones elevadas, que atraen a contribuyentes con patrimonios elevados.
- Dificultades en la planificación patrimonial, ya que la tributación puede cambiar dependiendo del lugar de residencia del heredero.
Escenarios políticos y su influencia en el impuesto
En los últimos años, los gobiernos autonómicos han modificado la normativa en función de su orientación política. En general:
- Comunidades gobernadas por el PP han apostado por bonificaciones elevadas e incluso por la eliminación del impuesto en algunos casos.
- Gobiernos del PSOE y otras formaciones han mantenido la tributación, con ajustes en las reducciones para favorecer a ciertos grupos.
A nivel estatal, el debate sobre una posible armonización del impuesto sigue abierto, aunque no se prevén cambios inmediatos.
Preguntas frecuentes
¿Quién está exento de pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?
En España, no todas las herencias y donaciones tributan por igual. Existen bonificaciones y exenciones, sobre todo para cónyuges, descendientes y personas con discapacidad, dependiendo de la comunidad autónoma.
Además, algunas herencias de bajo valor patrimonial pueden quedar fuera del impuesto si no superan el mínimo exento fijado por la normativa autonómica.
¿Cuánto tiempo hay para pagar el impuesto?
El plazo para liquidar el impuesto es de seis meses desde la fecha de fallecimiento en el caso de sucesiones. No obstante, se puede solicitar una prórroga de otros seis meses dentro de los primeros cinco meses.
Para donaciones, el pago debe realizarse en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha en la que se formaliza la donación.
¿Se puede evitar el pago de este impuesto de manera legal?
No es posible evitarlo por completo, pero sí reducir su impacto fiscal mediante una planificación adecuada. Estrategias como la donación en vida, la aplicación de reducciones autonómicas y los seguros de vida pueden ayudar a minimizar el importe a pagar.
Contar con un gestor de herencias es clave para optimizar la tributación sin incurrir en riesgos legales.
¿Qué ocurre si no pago el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a tiempo?
No cumplir con los plazos establecidos supone recargos e intereses de demora.
Además, si la Agencia Tributaria detecta la falta de pago, puede imponer sanciones económicas e incluso llegar a embargar bienes de la herencia.
Para evitar problemas, es recomendable liquidar el impuesto en tiempo y forma o solicitar un aplazamiento si es necesario.
¿Es igual el impuesto en todas las comunidades autónomas?
No, cada comunidad autónoma aplica sus propias bonificaciones y reducciones, lo que genera grandes diferencias en el importe a pagar.
En algunas regiones, el impuesto es prácticamente inexistente, mientras que en otras puede suponer una carga elevada.
Por ello, conocer la normativa autonómica es fundamental para calcular correctamente la tributación y aprovechar al máximo los beneficios fiscales disponibles.
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